- Andrés Celis, diputado
Cuando en 2005 el presidente Ricardo Lagos promulgó la ley que creó el Régimen de Garantías Explícitas en Salud, el país logró algo poco frecuente: un derecho social diseñado con arquitectura actuarial. El GES no fue una concesión generosa ni un parche administrativo, sino una promesa técnica, un conjunto priorizado de problemas de salud, financiado por una prima comunitaria calculada sobre el costo real y verificado de las prestaciones cubiertas.
Veinte años después, esa promesa se está viendo truncada por la acumulación de regulaciones que nada tienen que ver con los objetivos originales de mayor acceso, oportunidad, calidad y protección financiera frente a las 90 patologías que hoy incluye. Por el contrario, están totalmente ajenas a su propósito.
Desde 2022, el sistema Isapre enfrentó tres frentes judiciales que amenazaron con una insolvencia real. El Estado respondió, con razón, evitando el colapso. Pero en el camino ocurrió algo que merece decirse con claridad: la prima GES dejó de ser, en los hechos, un instrumento de costos para transformarse en una pieza más del tablero para la solvencia de las aseguradoras.
En 2023 el Comité Técnico Asesor del Senado diseñó dos instrumentos separados: el primero, el precio base y contención de gastos para la solvencia. El segundo, un estudio de Verificación de Costos para la prima GES. La ley mantuvo esa separación. Sin embargo, la implementación posterior, con metodologías ancladas a valores históricos de la prima en lugar del gasto real bonificado, ha ido corriendo el cerco. En la práctica hoy el GES se administra más como amortiguador financiero que como garantía sanitaria, como era su objetivo original.
El resultado es un sistema secuestrado por la urgencia y capturado por la burocracia, que persigue el balance financiero de las Isapres. Preservar la solvencia de las aseguradoras es legítimo, pero la utilización del precio de una garantía social como colchón corporativo es desnaturalizar el instrumento. La prima GES debe volver a calcularse por lo que cuesta efectivamente la prestación que se quiere asegurar, no por lo que cuesta sostener financieramente a los operadores del sistema.